Trabajos Verticales: Rehabilitación de edificios / Restauración de edificios.

Trabajos Verticales: Rehabilitación de edificios / Restauración de edificios.

Trabajos Verticales: Lo que debes saber antes de contratar a una empresa de trabajos verticales.

A la hora de iniciar una rehabilitación de un edificio muchas personas cometen varios errores de los cuales algunas empresas se aprovechan de ello para conseguir más beneficios en la obra. Por ello es importante describir a la perfección la labor a realizar.

Las dudas más comunes que presenta un cliente a la hora de solicitar una rehabilitación de edificios son referentes a las normas y obras de conservación de edificios estipulados por el ayuntamiento de la población donde se realice dicha obra de rehabilitación de edificio. No obstante todas las obras, suponiendo que nos encontramos en la comunidad de Madrid, el ayuntamiento describe las obras de rehabilitación como aquellas cuya finalidad es la de mantener al edificio en perfectas condiciones de salubridad, confortabilidad, seguridad, habitabilidad y ornato. Por supuesto esas obras tienen que efectuarse sin alterar sus características o distribución con las cuales dispone el edificio. En este tipo de obras nos podemos encontrar con:

  • Obras de reposición de instalaciones.
  • Cuidado de cornisas, salientes y vuelos
  • Limpieza o reposición de canalones y bajantes
  • Reparación de cubiertas, y la sustitución de solados
  • Yesos y pinturas interiores.

Trabajos verticales Madrid: Obras de rehabilitación de edificios

El concepto presentado por el ayuntamiento de Madrid sobre las obras de rehabilitación de un edificio vienen estipuladas como hemos mencionado anteriormente en términos generales sobre aquellas obras en edificios  que mejoran la salud del mismo en salubridad, habitualidad, seguridad, confortabilidad y ornato.

Las rehabilitaciones de edificio pueden abarcar varios tipos de obras como pueden ser:

  • Obras de rehabilitación y acondicionamiento
  • Obras de rehabilitación con reestructuración puntual
  • Obras de rehabilitación de exteriores
  • Obras de rehabilitación con reconfiguración

Obras de rehabilitación y acondicionamiento: Este tipo de obra está directamente relacionado con todas aquellas mejoras de habitabilidad de un edificio, siendo en partes concretas del edificio o en totalidad. Las mejoras en el edificio suelen ser efectuadas mediante la implementación de nuevas instalaciones, modernizar el edificio o retribuir espacios internos del edificio. En todo caso este tipo de obras tiene que respetar las características morfológicas del edificio, su estructura y no se podrá modificar ninguno de ellos.

Obras de rehabilitación con reestructuración puntual: El término aquí expuesto de obra de rehabilitación está relacionado con todas aquellas pequeñas modificaciones  estructurales que permitan:

  1. Cambios en la distribución mediante la apertura puntual de huecos de paso en muros.
  2. La adecuación a la normativa contra incendios o a la de accesibilidad y supresión de barreras mediante la construcción de pasos, rampas, escaleras y vías de evacuación.
  3. El cumplimiento de la Normativa contra incendios mediante la construcción de pasos y vías de evacuación.
  4. La instalación de ascensores y construcción de escaleras privadas de comunicación entre pisos.
  5. Sustitución parcial de forjados, pudiendo introducirse modificaciones de nivel en zonas localizadas.

Obras de rehabilitación de exteriores: Son las obras que afectan, de forma puntual o limitada, a las fachadas y cubiertas de los edificios, modificando su configuración exterior sin afectar a la volumetría. Comprende la modificación de huecos, ritmos, tratamientos o materiales, la sustitución de los elementos de cierre o sus materiales, la implantación de elementos fijos exteriores con o sin afectación estructural, muestras, marquesinas y escaparates.

Obras de rehabilitación con reconfiguración: Son aquéllas que, sin alterar cuantitativamente el volumen de un edificio, lo modifican en su disposición, con pequeñas intervenciones, que tendrán como finalidad principal la de eliminar impactos negativos existentes. Se consideran obras de reconfiguración, entre otras, la modificación de trazados inadecuados de cubierta por reorganización de sus faldones, la regularización de áticos, buhardillas y cuartos de maquinaria, la supresión de limas y compensación de la supresión de cuerpos añadidos en patios mediante la utilización de espacios existentes bajo cubiertas.

Las obras de restauración tienen sentido en elementos catalogados y edificios monumentales. Según el ayuntamiento de Madrid, son las que tienen por objeto la restitución de un edificio, o de parte del mismo, a sus condiciones o estado original. Dicha situación o estado original se encontrará suficientemente documentado. La reposición o reproducción de las condiciones originales en relación a las necesidades del uso a que fuera destinado el edificio, podrán incluir, si procede, la reparación o sustitución puntual de elementos estructurales e instalaciones, a fin de asegurar la estabilidad y funcionalidad de aquél o parte del mismo, siempre que dichas reparaciones o sustituciones no alteren las características morfológicas del edificio original. Se incluyen dentro de este tipo de obras, entre otras análogas, las de eliminación de elementos extraños añadidos a las fachadas y cubiertas de los edificios; la recuperación de cornisas y aleros suprimidos en intervenciones anteriores; la reposición de molduras y ornamentos eliminados en fachadas; así como la recuperación de las disposiciones y ritmos originales de los huecos de éstas y de los revocos de las fachadas y la eliminación de falsos techos y otros añadidos.

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Autor de la página

Carlos Escamilla

Director | Gerente